Legalizar una instalación fotovoltaica

Publicado el 07 Dec 2022. Leer este artículo te llevará menos de 9 minutos

Legalizar una instalación fotovoltaica

Guía Solar Autoconsumo

Legalizar una instalación fotovoltaica

Legalizar una instalación de autoconsumo fotovoltaico tiene una serie de protocolos que no siempre son fáciles para alguien que no esté acostumbrado a tratar con la Administración. Aun así, te explicamos en las siguientes líneas qué tienes que hacer para conseguir los permisos correspondientes antes de instalar placas solares en tu casa o negocio.

En este artículo vamos a intentar dar la información y el contexto necesario para entender el proceso de legalización de una instalación fotovoltaica. 

 

 

¿Es obligatorio legalizar mi instalación fotovoltaica?

Sí, nuestra instalación tiene que estar legalizada en el Ministerio de Industria. Este proceso es de carácter obligatorio y desde SotySolar nos encargamos de toda la tramitación. 

 

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¿Cómo legalizar una instalación fotovoltaica de autoconsumo?

Estos son los diferentes estados legales por los que pasa una instalación fotovoltaica de autoconsumo para poder legalizarla:

 

  1. Estudio del caso particular y análisis de viabilidad
  2. Memoria técnica para instalaciones menores de 10 kW / Proyecto para las instalaciones superiores a 10kW
  3. Licencia de obra y autorización municipal
  4. Petición de ayudas o subvenciones
  5. Ejecución de la instalación
  6. Acta de puesta en servicio (Boletín de la instalación)
  7. Solicitud de nueva conexión eléctrica a la empresa distribuidora
  8. Registro administrativo

 

Según el caso, podría añadirse alguna variante, como en cuando se instala en comunidades de vecinos o negocios, donde hay que poner de acuerdo a los propietarios y aprobarlo en junta o pedir permisos y ayudas específicas según la actividad, respectivamente.

 

Potencia nominal Documentación requerida
≤ 10 [kWn]
  1. Memoria técnica.
  2. Boletín eléctrico (CIE).
  3. Certificado de adecuación al RD 1699/2011.
  4. Certificado de puesta en servicio.
> 10 [kWn] | ≤ 15 [kWn]
  1. Proyecto técnico visado.
  2. Certificado de dirección de obra firmado por técnico titulado competente.
  3. Boletín eléctrico (CIE).
  4. Certificado de adecuación al RD 1699/2011.
  5. Certificado de puesta en servicio.
> 15 [kWn] | ≤ 25 [kWn]
  1. Proyecto técnico visado.
  2. Certificado de dirección de obra firmado por técnico titulado competente.
  3. Boletín eléctrico (CIE).
  4. Certificado de adecuación al RD 1699/2011.
  5. Certificado de puesta en servicio.
  6. Punto de acceso y conexión (con excedentes solo).
> 25 [kWn] | ≤ 100 [kWn]
  1. Proyecto técnico visado.
  2. Certificado de dirección de obra firmado por técnico titulado competente.
  3. Boletín eléctrico (CIE).
  4. Certificado de adecuación al RD 1699/2011.
  5. Certificado de puesta en servicio.
  6. Certificado de inspección inicial favorable expedido por un organismo de control habilitado (OCA).
  7. Punto de acceso y conexión (con excedentes solo).

 

 

¿Qué tipos de legalización existen según modalidades de autoconsumo fotovoltaico?

Como se ha visto el proceso de legalización y la documentación requerida puede variar en función de la modalidad de autoconsumo. Recordar que con el nuevo marco normativo definido por el RD 244/2019, aprobado el pasado 5 de Abril de 2022, quedan establecidas las siguientes modalidades de autoconsumo:

 

  1. Autoconsumo sin excedentes.
  2. Autoconsumo con excedentes.
    1. Acogido a la compensación simplificada de excedentes.
    2. No está acogido a la compensación simplificada de excedentes.

 

Señalar finalmente, que la compensación simplificada de excedentes consiste en la retribución de la producción vertida a red, es decir, será posible acogerse a este sistema si la fuente de energía primaria es de origen renovable y la potencia nominal es inferior a 100 [kWn]; esta potencia es la máxima que se puede entregar, está limitada por el inversor/es en el caso de instalaciones de autoconsumo fotovoltaico.

Modalidad de autoconsumo SIN vertido de excedentes

Sólo podrás utilizar la energía que tú mismo produces y tendrás que instalar un mecanismo que impida tanto el consumo como el vertido fuera de la instalación de autoconsumo. Sí, se permite la instalación de acumuladores o baterías para asegurar la alimentación eléctrica continua.

 

Modalidad autoconsumo CON vertido de excedentes

En esta modalidad puede haber dos casos, el más frecuente, que es el que se acoge a una compensación en la factura de la luz gracias a verter su excedente a la red, y el menos habitual, que es el que no quiere o no puede acogerse a esta compensación económica.

 

Para poder legalizar una instalación de autoconsumo con compensación por el vertido a red debes cumplir lo siguientes requisitos:

  • Que la potencia contratada no supere los 100kW
  • Que la energía provenga de fuentes renovables
  • Tener un contrato con una empresa comercializadora para la compensación del excedente
  • No tener asociado otro régimen retributivo para esa instalación

 

La nueva fórmula simplificada de compensación por vertido de excedentes afecta tanto a consumidores individuales (viviendas unifamiliares) como al consumo compartido (comunidades de vecinos, empresas...), mientras que la modalidad de autoconsumo sin vertido de excedentes sólo está permitida para uso individual.

 

La legalización no cuenta con ningún coste adicional como tal. La gestión por parte de SotySolar está incluida en el precio total de la instalación. 

 

¿Quién es el responsable de legalizar la instalación fotovoltaica?

Desde SotySolar nos encargamos de llevar a cabo todo el proceso documental y la tramitación de la legalización con Industria. Esta legalización es de carácter obligatoria por lo que el propietario nunca puede oponerse a la misma. 

 

¿Cuánto cuesta legalizar instalación fotovoltaica?

La legalización no cuenta con ningún coste adicional como tal. La gestión por parte de SotySolar está incluida en el precio total de la instalación. 

 

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¿Debo legalizar mi instalación si no está conectada a la red?

Nuestra instalación siempre debe estar conectada a la red. A pesar de llegar a contar con una autosuficiencia altísima, de momento siempre dependeremos de una empresa de distribución eléctrica. Por ello, siempre debe estar legalizada.

 

Conclusiones

Una vez analizada toda la información al respecto, además de conocer el contexto actual, vamos a sacar las conclusiones que más se ajusten a la legalización de una instalación fotovoltaica. 

 

Menos trámites para legalizar tu instalación

El nuevo decreto también simplifica mucho la tramitación para eliminar papeleo y agilizar los plazos con las empresas comercializadoras, distribuidoras y con la administración, ya sean ayuntamientos o comunidades autónomas.

 

Lo habitual es que el proceso sea llevado a cabo por la empresa instaladora, por lo que el usuario final no debe preocuparse de realizar trámite alguno.

 

A continuación se expone la documentación exigida en el caso de Andalucía para instalaciones de autoconsumo de hasta 100 [kWn] y conectadas a red:

 

La tramitación es llevada a cabo por un técnico competente de la empresa instaladora. El boletín eléctrico debe estar firmado por un instalador autorizado, mientras que la empresa instaladora sella el certificado de adecuación y el de puesta en servicio.

 

El proyecto debe ser redactado por un ingeniero colegiado, aunque tal requisito no existe cuando se exige memoria técnica. El punto de acceso y conexión es concedido por la empresa distribuidora

 

En el caso de viviendas la redacción y presentación de los documentos citados suele completarse en un plazo inferior a una semana desde la ejecución de la instalación, si se requiere proyecto el proceso puede alargarse a un par de semanas ya que este tiene que estar visado.

 

Legalización de instalaciones fotovoltaicas existentes

Aquellas instalaciones ejecutadas antes del RD 244/2019 tendrán que elegir una modalidad de autoconsumo a la cual acogerse, ya que el antiguo sistema de clasificación no es válido, esto también es aplicable a las instalaciones legalizadas posteriormente pero que no hayan indicado la modalidad a la cual se acogen.

 

¿Es necesario llevar a cabo la legalización de la instalación fotovoltaica para acceder a las subvenciones?

La correcta legalización de la instalación también es importante para acceder a las subvenciones que pueda ofrecer el gobierno. Se pueden beneficiar de las mismas tanto particulares como empresas (pymes), e incluso corporaciones públicas. Estos incentivos pueden cubrir entre un 40% y un 90% de la inversión inicial dependiendo del caso. También existen ayudas para cargador de vehículo eléctrico, siempre y cuando vaya acompañado de una instalación fotovoltaica.

 

Las bonificaciones suelen afectar al IBI de la propiedad donde se realiza la instalación y por ello suelen depender de los ayuntamientos, puede consultar una lista de los municipios donde existe.

 

A pesar de que este Real Decreto puede resultar confuso en un principio, después de un tiempo de aplicación, los procedimientos están claramente determinados y aunque no sean los más favorables para impulsar el autoconsumo, este se abre paso a través de todas las dificultades que le surgen al paso, el compromiso de la sociedad con el medioambiente es imparable.

 

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En SotySolar ponemos todo nuestro empeño facilitar el acceso al autoconsumo a nuestros clientes, es por eso que nosotros nos encargamos de todos estos trámites para que tú puedas despreocuparte y comenzar ahorrar desde el primer momento.

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9 comentarios.
Severino hace 9 meses

Hola: En cuanto me saldria una instalación de 4kw ( o la maxima que pueda instalar , ahora tengo contratados 3,4kw e imagino que se podria producir 4kw, entiendo que hay un margen justificable). Sin baterias y conectada a la red para vertir los excedentes. Seria en La coruña - A baña un saludo

Respuesta de SotySolar

Hola, Severino. Toda esta información y más la encontrarás solicitando presupuesto en: https://sotysolar.es/solicita-presupuesto/step/s1. Después de realizarlo, te enviaremos un estudio personalizado, inmediato, gratuito y sin compromiso con detalles sobre la instalación, precio,...¡Gracias!

Jordi hace 2 años

Estoy interesado en instalar fotovoltaica y compensar excendentes. Si mi producción es monofásica ¿puedo compensar mis excedentes de monofásica cuando mi contador es trifásico? La solución evidente que sería instalar un inversor trifásico o cambiar el contador a monofásico no son viables en mi caso por cuestiones técnicas. Muchas gracias por vuestra ayuda.

Respuesta de SotySolar

Hola, Jordi. Gracias por escribirnos. Respecto a tu pregunta, el inversor de tu instalación debe ser igual que tu contador. Lo siento.

javier hace 2 años

Buenas tardes, ¿cuanto se tarda en legalizar la instalación una vez ya han ejecutado y concluido la instalación?

Respuesta de SotySolar

Hola, Javier. La legalización de una instalación depende de la comunidad autónoma en la que te encuentres, pero normalmente suele variar entre 1 y 3 meses. Gracias por contactar.

Aitor hace 2 años

Necesito precio de legalización instalación de autoconsumo con vertido a Red.

Respuesta de SotySolar

Hola, Aitor. Nosotros sólo realizamos las legalizaciones de nuestras instalaciones, lo siento.

Gonzalo hace 2 años

En el caso que una vez legalizada la instalación quisiera ampliar la instalación ¿Tendría que volver a legalizarlo?

Respuesta de SotySolar

Hola, Gonzalo. Sí, habría que volver a legalizarlo como ampliación. Un saludo.

jose luis hace 2 años

tengo instalada hace 2 años aproximadamente una instalacion de placas para autoconsumo pero no esta legalizada. haceis vosotros el tramite de legalizacion para la compensacion?. saludos

Respuesta de SotySolar

Hola, Jose Luis. Si la instalación no está realizada por nosotros no realizamos ese trámite, lo siento.

Maria hace 2 años

Hola, El visto bueno de industria para tramitar el contrato de excedentes a quien se lo comunica? Al técnico o al cliente? Y qué documento es? Gracias.

Respuesta de SotySolar

Hola, María. El visto bueno de industria se lo comunica a la comunidad autónoma, esta a la distribuidora y de ahí a la comercializadora. Un saludo.

Jose hace 2 años

En Marín, Pontevedra, piden un proyecto firmado por técnico competente. Lo hacen ustedes?

Respuesta de SotySolar

Hola, José, claro que lo hacemos. Nuestro servicio de instalación es integral, desde asesoramiento y estudio previo hasta instalación y puesta en marcha. Nos encargamos de preparar todo el papeleo para facilitar lo más posible los trámites administrativos.

jose antonio mariño hace 4 años

Buenos dias, en el Ayuntamiento de vilaboa , Galicia me piden proyecto técnico para poner instalación fotovoltaica de menos de 10kw, cuanto cuesta este tramite?. Un saludo

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