Blog > Autoconsumo
Tras la aprobación del Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica, los consumidores que tengan placas solares como solución energética en sus hogares verán compensados económicamente los excedentes de energía que produzcan y viertan a la red general, haciendo así, aún más rentable el aprovechamiento de la energía solar.
El Gobierno ya adoptó medidas el pasado año con la idea de fomentar esta forma de autoabastecimiento energético. Una de las consecuencias directas fue, como era de esperar, abrir la puerta a que los autoconsumidores fueran compensados económicamente por el excedente de energía que produjeran y vertieran a la red general mediante una factura neta, nunca llegando a lucrarse, pero sí pudiendo pagar únicamente por estar conectados a la red eléctrica. Además, esto también abre la puerta al autoconsumo colectivo.
Para poder entender de qué manera nos podemos beneficiar, debemos saber que existen distintas modalidades a las que nos podemos acoger. El RD244/2019 establece dos modalidades de autoconsumo: sin excedentes y con excedentes.
Acogida a compensación (simplificada): los pequeños consumidores renovables de hasta 100 kW pueden compensar en su factura, mes a mes, la energía consumida a través de la red con la energía excedentaria que no han consumido en su momento y han vertido a la red.
No acogida a compensación: contempla aquellas instalaciones mayores de 100 Kw, cuyos excedentes van a ser volcados a la red pero en régimen de venta, no de compensación. Se le aplicarán las mismas normas que a cualquier planta de producción de energía eléctrica.
Existe un tercer subapartado en modalidad de autoconsumo sin excedentes, pero acogida a compensación, que es exclusivo del autoconsumo compartido. La instalación de placas solares estará dotada de un sistema anti-vertido pero, aun así, los consumidores se pueden acoger al mecanismo de compensación simplificada de excedentes.
En este caso, el sujeto de liquidación de la energía excedentaria será el comercializador de cada consumidor asociado.Por lo demás, la titularidad y responsabilidad sobre la instalación son solidarias.
Esto dependerá de distintos factores, pero el que lo va a determinar principalmente es la potencia contratada:
Puede parecerte complicado elegir qué modalidad es más beneficiosa para ti, pero no te preocupes en SotySolar te asesoramos desde el primer momento. Somos expertos y atenderemos tu caso de manera personalizada, para que puedas sacar el máximo rendimiento y ahorro de tu instalación.
La factura eléctrica se compone de dos partes: la potencia contratada, un coste fijo que se podría ver reducido pero que siempre tendremos que pagar; y la energía activa, que es la energía que consumes de la red y que podría verse compensada con la que viertes a la red, ahorrando hasta el 100% de esta parte, que supone aproximadamente el 70% de la factura.
Según el Real Decreto lo deja en manos de la negociación entre la comercializadora y el usuario. En la práctica estará en manos de las comercializadoras que marcaran sus precios, pudiendo ofrecer distintas ofertas para atraer a clientes, lo que seguramente será cercano al precio del kW en el mercado mayorista fotovoltaico que está en torno a los 4 o 6 céntimos el kW.
En SotySolar te ayudamos a comparar entre las distintas empresas, para que puedas elegir la que más rentabilidad pueda aportar por la venta de tu excedente energético.
Para poder vender estos excedentes de energía, debes tener una instalación de placas solares conectada a la Red Eléctrica en tu vivienda y solicitar una tarifa de luz con la venta de excedentes habilitada.
Esto te permitirá “comprar y vender” energía eléctrica en cualquier momento del día, sin ningún tipo de sobrecoste y de manera totalmente segura. Si no se dispone de una tarifa que permita la venta de excedentes, únicamente debes cambiar la tarifa, para poder así empezar a disfrutar de manera gratuita de la venta de tu energía sobrante.
Esta aprobación del mecanismo simplificado de compensación de excedentes es realmente un paso muy importante hacia el despegue definitivo del autoconsumo en nuestro país. Permitirá poder hablar, finalmente, de una transformación energética hacia modelos realmente sostenibles, ecológicos y económicos. Los ciudadanos podrán dar el paso de ser consumidores pasivos, a ser dueños de su energía para producir lo que necesiten y vender, almacenar o compartir lo que les sobre.
Este nuevo panorama va a hacer más competitivas las instalaciones de placas solares, consiguiendo reducir en varios años el periodo de amortización. El autoconsumo empodera al ciudadano, que, por fin, puede impactar de forma directa en el cambio climático, generando una energía limpia, económica y sostenible, y pagando un precio justo por ella, independientemente de las subidas de las eléctricas.
Desde SotySolar tenemos el compromiso de ayudarte y asesorarte con todo lo que tenga que ver con la instalación o implantación de instalaciones de paneles solares en vuestros hogares y negocios. Si tienes más dudas sobre la nueva normativa no dudes en ponerte en contacto con nosotros.
Energía solar sin gastos de instalación ni mantenimiento
Calefacción solar y agua sanitaria con placas fotovoltaicas
El gran potencial del autoconsumo residencial en Cataluña
Componentes de una instalación fotovoltaica
¿Qué puedes hacer con el excedente de energía de tu instalación de autoconsumo?
La batería solar en las instalaciones fotovoltaicas