Autoconsumo compartido: placas solares en comunidades de vecinos

Publicado el 27 Apr 2023. Leer este artículo te llevará menos de 7 minutos

Autoconsumo compartido: placas solares en comunidades de vecinos

La energía solar está en auge, esto es una realidad palpable en los últimos años. Cada vez son más las familias que deciden adentrarse en el autoconsumo y la energía limpia para cubrir los consumos de sus hogares.

 

El ahorro, la libertad energética y la contribución a un mundo más sostenible son factores fundamentales a la hora de decidirse por instalar placas solares en tu tejado. Hasta no hace mucho, había un elemento imprescindible para poder hacer este tipo de instalaciones, tener una vivienda unifamiliar en propiedad.

 

Pero con el aumento de la oferta, y sobre todo de la demanda, la posibilidad de democratizar la energía está siguiendo un camino constante y veloz. Ahora, si tu vivienda es un piso en un bloque de edificios, tendrás la posibilidad de contar con una placas solares en tu comunidad de vecinos.

 

 

Autoconsumo compartido en comunidades de vecinos

Una comunidad de propietarios es el conjunto de inmuebles que conforman un edificio, como Aquí No Hay Quien Viva, pero sin Radio Patio. Los propietarios tienen una relación jurídica en función a los estatutos que entre ellos hayan dispuesto. La ley reguladora bajo la que convive una comunidad de propietarios es la Ley de Propiedad Horizontal, Ley 49/1960 como diría el Señor Cuesta.

 

Presupuesto instalación autoconsumo compartido 

 

Esquema autoconsumo compartido para el reparto de energía

Esta es una gran pregunta, al vivir en comunidad necesitamos hacer un reparto equitativo de la energía generada. La mayor parte de las veces, las instalaciones de autoconsumo colectivo se realizan por unanimidad, pero en otras ocasiones serán solo un número de vecinos los que dispondrán de esta energía. Por esto, es necesario concretar en junta la modalidad de reparto y dejar por escrito todo el proceso.

 

La energía generada cada hora se mide con un contador, posteriormente esta es dividida entre los beneficiarios según el acuerdo de reparto que se haya estipulado. Esta energía generada se restará a la energía consumida en esa misma hora. Es decir, la energía que consumes durante una hora será cubierta por la parte de la energía solar producida durante esa misma hora, en función de la parte asignada a tu vivienda en el reparto. En caso de que la energía que te corresponde cubra la consumida y todavía sobre, esta será compensada en tu factura a final de mes.

 

Ejemplo: Yo soy el propietario de una de las viviendas, me encuentro en los pisos "A" de mi edificio y la superficie de mi hogar es de 90 metros cuadrados. Para las viviendas de nuestra superficie hemos acordado un reparto de 12 kWh. Por lo que a la hora de repartir la energía producida por las placas solares, mi comercializadora tendrá que restar a mi consumo 2,4 kWh. En caso de sobrar, me lo podrá compensar.

 

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¿Cómo se alcanza un acuerdo de reparto en una instalación de autoconsumo colectivo?

En junta vecinal, cuando se está aprobando la instalación solar, se tiene que acordar también el reparto de la misma. Esto se puede hacer de la forma en que la comunidad decida. Generalmente, como avanzábamos, será un reparto equitativo a partes iguales. Pero también se pueden encontrar casos en los que viviendas más grandes aportan más del total de la instalación, y por ello les corresponde una mayor potencia. Pero como decimos, es una decisión única y exclusivamente de la junta de propietarios.

 

Ejemplo: A la hora de aprobar la instalación solar, todos los propietarios nos hemos puesto de acuerdo en el reparto de la energía. Los pisos "A", con viviendas de 90 metros cuadrados recibiremos el 60% de la energía (12 kWp). Y los pisos "B", con una superficie de 75 metros cuadrados, recibirán el 40% de la energía  (8 kWp). 

 

Intalar placas solares en una comunidad de vecinos para autoconsumo

 

¿Cuántos vecinos deben estar de acuerdo en junta para instalar paneles solares en una comunidad de vecinos? 

Como vimos con anterioridad, es posible que solo una parte de los vecinos estén de acuerdo en contratar la energía solar y hacer el reparto de la misma. Es por esto que debemos saber cuál es el mínimo de propietarios que tienen que estar de acuerdo para seguir adelante con la instalación de autoconsumo compartido.

 

En caso de que el uso de la energía sea exclusivamente para las viviendas de los contratantes, se necesitará la aprobación de ⅓ de los propietarios. Por otra lado, en caso de que el uso de las placas solares sea para viviendas, y además, para zonas comunes o generales, las viviendas necesarias para la aprobación es de ⅔ de los vecinos.

 

Ejemplo: La votación fue ajustada, pero conseguimos sacar adelante la iniciativa. Para el uso solar en las viviendas, fuimos 4 vecinos los que votamos a favor y 6 los que votaron en contra. Por lo que superando ⅓ de los vecinos, conseguimos aprobar la instalación solar. Para el uso de la energía solar en zonas comunes, fuimos 7 los que votamos a favor y 3 los que votaron en contra, superando los ⅔  de los vecinos, por lo que también fue aprobada. 

 

Reparto de vecinos para aprobación de autoconsumo compartido en comunidades de vecinos

 

Nota* En el caso de solo instalar placas solares para uso de viviendas, los vecinos que estén en contra en la votación, no tienen porqué participar en el pago y uso de las mismas. Por el contrario, en cuanto al uso de zonas comunes, si se aprueba por ⅔, todos los vecinos que votan en contra sí forman parte del acuerdo de instalación de zonas comunes. 

 

Subvenciones para Placas Solares en comunidad de vecinos

Sí, además el importe es mayor que en una subvención de vivienda unifamiliar. Las bonificaciones pueden alcanzar los 710€ por kWp instalado. Desde SotySolar, al igual que una instalación individual, gestionamos la subvención de forma íntegra. Preparando y tramitando toda la documentación necesaria para la solicitud. 

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¿Cuánto me puedo ahorrar?

*Ejemplo estimado para vivienda unifamiliar

Coste instalación:

4.700€

Next Generation:

-1.800

IRPF

-1.128€

Bonificación IBI*:

-322,5€

Suma Solar:

-200€

Total

1.169,50€

*El porcentaje de bonifiación IBI varía por municipio.

Además, gracias a tu instalación
ahorrarás hasta un 60% en tu factura.

* Todos los campos son obligatorios

 

¿Debo cambiarme de comercializadora?

No, en el momento que se tenga que repartir la energía, será tu comercializadora la que se encargue de ello. Hay que tener en cuenta que unas comercializadoras son más rápidas que otras a la hora de implementar estas novedades. Por lo que puede darse que una vivienda comience el reparto antes que otra, debido a la celeridad de la empresa de red eléctrica que tenga contratada.

 

Estás a un sólo clic de empezar tu camino hacia la energía solar

La transición ecológica cada vez cuenta con más impulsores y tarde o temprano, el autoconsumo será una realidad global. Viajamos hacia la libertad energética y la energía libre, beneficiándonos de los ahorros que estas nos facilitan, a una velocidad que ya es muy difícil parar. Sigamos remando en la dirección adecuada, y aprovechando los recursos de los que disponemos para mejorar nuestro nivel de vida y el de nuestro planeta.  Cómo decía Radio Futura, “el futuro ya está aquí”.

 

Desde SotySolar deseamos con todas nuestras fuerzas que hayas llegado hasta aquí con la información necesaria sobre las instalaciones solares en las comunidades de propietarios. No obstante, en caso de que algo no estuviera suficientemente claro no dudes ni un momento en ponerte en contacto con nosotros.

 

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Elena Fernández

Elena Fernández

Marketing Copywriter

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